El TSJ da la razón a Asopiva y Agalsa en la demanda interpuesta a la Junta por la merma de sus fondos en 2012-El Tribunal Superior de Justicia da la razón a los seis Grupos de Acción Local de Castilla y León, entre ellos Asopiva (zona de Pinares Soria


SEDE DE AGALSA

 

El Tribunal Superior de Justicia ha fallado una sentencia favorable para seis Grupos de Acción Local de Castilla y León, entre ellos Asopiva (zona de Pinares Soria) y Agalsa (zona Pinares Burgos), que les da la razón en cuanto a la demanda interpuesta por ellos en 2012 a la Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León por mermar sin explicación alguna sus fondos destinados a desarrollo rural bajo metodología Leader (en concreto un recorte del 26,5 % del programa, unos 57 millones de euros).

Se obligaba a los grupos a no ejecutar más del 70 % de su programa y a aquellos grupos que a esa fecha hubieran ejecutado mayor porcentaje se les reconocía lo ejecutado pero no se les permitía continuar, por lo que su gestión se daba por concluida”, explica para Pinares Noticias Paulino Herrero, presidente de Asopiva.

La sentencia 2664/2015 del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, Sala de lo Contencioso Administrativo, con sede en Valladolid, se conoció el pasado 18 de noviembre y anula todos los acuerdos de la Junta de Castilla y León desde noviembre de 2012 en relación con el recorte “por no ser ajustados a Derecho y declara que las relaciones jurídicas existentes entre las partes se han de ajustar al Convenio firmado por las mismas”.

Un recorte por sorpresa. "Para gestionar estos fondos europeos destinados a Desarrollo Local Participativo bajo enfoque Leader los grupos habíamos pasado un proceso selectivo, por lo que estos fondos no tienen el carácter de subvenciones directas sino el de asignaciones financieras para ejecutar un Programa de Desarrollo Local, otorgadas mediante un procedimiento de concurrencia competitiva. Es un mandato europeo. Suscribimos el Convenio con la Consejería para ejecutar en nuestros territorios el Programa de Desarrollo Local correspondiente, se nos asignan los fondos y empezamos a operar. Pero un día, por sorpresa, nos encontramos con el recorte. Entendimos que la administración regional estaba actuando de una forma totalmente arbitraria modificando el Convenio de forma unilateral y manifiestamente ilegal y por eso tomamos la decisión de interponer el recurso", señala.

Una vez que el Tribunal ha anulado el recorte, se espera por parte de los Grupos de Acción Local que la Consejería de Agricultura y Ganadería –ahora con un nuevo equipo directivo- "deshaga el entuerto del anterior equipo y ejercite las actividades de su competencia conforme a Derecho. Si no hay movimientos por su parte instaremos al Tribunal la ejecución de la sentencia. Y la suma de los fondos que se detrajeron de los grupos demandantes asciende a 7.740.707,24 €", añade Herrero

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